Empleo y Cannabis Medicinal: opinión disidente en Pellot Arce v. Infosys BPM Limited Corp., 2023 TSPR 41

April 18, 2023

El tema del cannabis medicinal en el empleo sigue siendo uno delicado, debido que es un terreno que no ha sido muy explorado por nuestros tribunales. Existen aún bastantes lagunas jurídicas, a pesar de que se trata del choque de derechos reconocidos en nuestra jurisdicción. 

Por un lado, el derecho de los empleados y candidatos que usan cannabis medicinal para atender sus condiciones de salud. Por otro lado, la obligación crucial de los patronos de mantener y asegurar un entorno de trabajo seguro, así como de velar por la productividad y el buen funcionamiento del comercio consistente con la reconocida discreción empresarial.

Con este trasfondo, recientemente fue publicada una opinión disidente del Juez Asociado Señor Estrella Martínez, que nos da a conocer que el Tribunal Supremo de Puerto Rico, se negó a expedir un recurso que versaba sobre el cannabis medicinal y el empleo. Mayra Lissette Pellot Arce vs. Infosys BPM Limited Corp. et als, 2023 TSPR 41, 211 DPR ____ (2023). 

El caso versó sobre la validez de una cláusula contractual que condiciona una oferta de empleo a un resultado negativo a cannabis en una prueba de detección de sustancias controladas. Específicamente, en el año 2019 la señora Mayra Lissette Pellot Arce solicitó empleo en Infosys. Luego de varias entrevistas, el Departamento de Recursos Humanos le cursó una oferta de empleo condicionada a una prueba de dopaje negativa.  La señora Pellot aceptó y se realizó las pruebas requeridas. Luego de realizadas, le informó al laboratorio y a la compañía  sobre la probabilidad de un resultado positivo porque ella, como parte de su tratamiento contra el cáncer de mama, utiliza cannabis medicinal. Luego de recibir la información, Infosys le notificó a la señora Pellot que su oferta de empleo había sido rescindida a causa del resultado positivo a cannabis medicinal.

Inconforme, la señora Pellot Arce presentó una querella en contra de Infosys sobre despido injustificado y discrimen en el empleo.  El Tribunal de Primera Instancia desestimó la misma, resolviendo que la Ley para Manejar el Estado, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites, Ley Núm. 42-2017 (Ley Medicinal) no provee protecciones en el empleo. De igual manera, sostuvo que la ley que regula las pruebas de dopaje (Ley 59-1997) tampoco obliga al patrono a emplear a una persona que obtenga un resultado positivo a esta sustancia. Tras sostenerse la decisión por el Tribunal de Apelaciones, la controversia se elevó ante el Tribunal Supremo. 

El  Tribunal Supremo, por medio de los Jueces Asociados Señores Martínez Torres, Kolthoff Caraballo, Feliberti Cintrón y Colón Pérez, proveyeron No Ha Lugar al certiorari presentado por la señora Pellot Arce. Posteriormente, al presentarse una reconsideración, el Juez Asociado Señor Estrella Martínez disintió de la negativa a expedir el recurso, por entender que, al rehusarse a atender este recurso, no se estaba reconociendo la política pública del Gobierno de Puerto Rico que promueve el uso de cannabis medicinal como un tratamiento legítimo en aras de propiciar un mejor bienestar para los pacientes. 

Aunque esta opinión disidente no establece una normativa, es necesario tomar a consideración las expresiones vertidas en la misma para anticipar cualquier desarrollo por esa línea de pensamiento que nuestros tribunales puedan realizar en el futuro. Ello, dado a que en términos prácticos, tanto el Tribunal de Primera Instancia como el Tribunal Apelativo, validaron la actuación del patrono al retirar la oferta de empleo de una paciente de cannabis; oferta que había sido condicionada al resultado de una prueba negativa de sustancias controladas. Sin embargo, esta postura no necesarimente será refrendada en el futuro dado a que los hechos de este caso surgen en el año 2019, antes de la aprobación de Ley 15-2021, por lo que el estado de derecho actual es distinto.

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