Se añadió un nuevo Artículo 10 a la Ley 427-2000, para prohibir que el uso del período de lactancia sea considerado para:
Además, el Artículo 10 de la Ley 427-2000, ahora contiene una lista no taxativa de acciones que se podrían considerarse “perniciosas”. Entre estas, se consideran:
Finalmente, se incorpora un Artículo 11 a la Ley 427-2000, que ordena que esta ley sea interpretada de la forma más favorable para la madre lactante.
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